miércoles, 18 de febrero de 2015

TENENCIA RESPONSABLE


Empezamos este artículo con dos objetivos claros:
  • Informar, sobre las normas municipales que rigen la tenencia de animales de compañía.
  • Aconsejar; sobre qué hacer si vemos o sufrimos el incumplimiento de esas normas.


¿A qué se debe?

Y porque tratar en un artículo de un blog como este un tema así, tan diferente del resto de artículos que son más orientados a la salud de nuestra mascota? Pues porque en un plazo de 1 mes hemos tenido que atender a 4 perros con mordiscos y heridas causadas por otros perros, y  3 multados por infracciones diversas, por lo que consideramos necesario informaros de lo que podéis y debéis  hacer en estas situaciones.


También nos gustaría dejar claro que comprendemos que pueda haber conflictos puntuales entre dos perros que juegan, coinciden, o se cruzan… es claro que los accidentes ocurren, pero en nuestra mano está evitarlos o minimizar las consecuencias.


En el siguiente enlace podréis descargar la ordenanza municipal sobre animales de compañía, de la que os hablaremos a los largo del artículo:



Os recomendamos a todos que os leáis detenidamente este documento ya que será básico para conocer vuestros derechos y obligaciones para con vuestro animal de compañía.



¿Qué conocimientos básicos debemos de tener?

Quizás el principal conocimiento es civismo (pautas mínimas de comportamiento social que nos permiten convivir en colectividad), pero os detallamos lo más destacado de la normativa:

-       Es obligatorio censar a los perros, es decir, ponerles el chip, para lo que se da un plazo de 3 meses desde su nacimiento o de un mes desde su adquisición.

-       El propietario es el responsable de los daños que pueda generar su mascota.

-       Los perros deben de ir siempre atados, independientemente de su tamaño.

-       Es obligatorio recoger los excrementos de nuestra mascota.

-       Los perros de raza peligrosa, además de ir atados, deben de llevar bozal. Los propietarios deben de obtener una licencia de tenencia para estos animales.

-       El incumplimiento de la normativa lleva consigo infracciones que van desde los 30€ a los 15.000€.


¿Qué conocimientos básicos deberíamos de tener?

-       Si tienes el perro suelto (que no sería “legal”…) en un parque, calle o paseo, es obligatorio que estés atento de que no moleste a otras personas o perros (todos conocemos al típico dueño que suelta su perro y se gira a mirar al cielo mientras su mascota corre por el parque ladrando a los niños que juegan o a las bicicletas, o peor… pasa la carretera pudiendo ser atropellado o generar un accidente…).

-       Recoge siempre la caca de tu perro; da igual si es un parque perdido, una calle poco transitada o un sitio donde nadie lo recoge… un día alguien pasará por ahí y la pisará, y esa persona no tiene la culpa de tu descuido.

-       Es necesario que seas responsable y si tu perro es un poco “macarra” no le lleves suelto, pudiendo generar problemas con otros perros o personas. Nadie tiene porque sufrir el mal genio de tu mascota… y menos tu irresponsabilidad.

-       Lleva siempre encima la documentación de tu mascota.

-       Ante cualquier situación incómoda para ti o tu mascota, con otro perro o dueño… llama a la policía.



Consejo

Los dueños de perro no lo tenemos fácil, por ello lo que debemos de hacer es ayudarnos entre nosotros y tratar de generar una cultura social sobre el perro, conseguir una mayor aceptación y adaptación del perro a la sociedad, para que tanto él como nosotros disfrutemos plenamente.


Mención Especial

No podíamos olvidarnos de una parte muy importante de la normativa, la que dice: “El Ayuntamiento habilitará espacios idóneos debidamente señalizados, para el paseo y esparcimiento de perros”… ¿donde están esos espacios? Con la cantidad de terrenos que tiene el ayuntamiento… ¿es imposible cerrar alguno y habilitarlo para ese uso? Así no avanzamos…







V20A

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